¿Cómo planificar tu patrimonio familiar?

Columnistas

Como resultado de la inseperada pandemia del Covid-19 que estamos atravezando la planificación fiscal de sucesiones a pasado a ser un tema prioritario para muchas familias.  Si bien es un tema sensible de abordar porque involucra planificarse para un momento indeseado como es la mute de un ser querido, toca analisar con cabeza fria las consecuencias fiscales que conllevan el traspaso de activos a nueva generacion. Según, Jorge Salcedo, abogado y fundador de Salcedo Attorneys at Law P.A. (http://salcedo.us/), “una familia prevenida debe revisar si todo está en orden para el caso de que ocurra una muerte imprevista de uno de sus miembros y analizar las posibles consecuencias que este hecho acarrearía en el plano positivo y eonómico. Una mala planificacion podria llevar a la aplicacion de un impuesto de hasta 40 porciento sobre el valor del patrimonio heradable.

Uno de los aspectos que se debe tener en cuenta es el tema de los impuestos, que podrá variar dependiendo si la persona es ciudadana de los Estados Unidos o si no está domiciliada en territorio norteamericano. 

Una persona que es ciudadana de los Estados Unidos o que se considera domiciliada en su territorio, está sujeta al impuesto sobre el patrimonio de cualquier activo que posea al momento de su muerte (el impuesto se aplica sobre la totalidad de los activos universales, es decir, independientemente de la ubicación del difunto). 

En cambio si la persona no está domiciliada en los Estados Unidos estará sujeta al impuesto solo sobre el patrimonio sobre cualquier activo ubicado en los Estados Unidos al momento de su muerte. Estos impuestos pueden ser muy altos, puesto que la tasa puede alcanzar un porcentaje de hasta el 40% del valor justo de mercado de la propiedad inmobiliaria. Por lo tanto, al ser consultado sobre este tema, Salcedo recomienda una planificación adecuada del impuesto al patrimonio, pues “es esencial para aliviar los posibles efectos económicos adversos que podrían resultar para los herederos o sucesores”.

Los contribuyentes actualmente domiciliados en los Estados Unidos solo están sujetos al impuesto sobre el patrimonio, si su patrimonio bruto supera los $11.58 millones por persona. Aunque la base para la tributación parece bastante alta, se anticipa que esta exención expirará en el año 2025, momento en el cual podría volver al nivel de exención anterior al 2018, de $5 millones para un contribuyente individual, o también podría reducirse.

En el caso de los contribuyentes no domiciliados, el riesgo es aún mayor, ya que actualmente tienen derecho a una deducción de solo $60,000. Por lo tanto, cualquier activo que exceda el monto de la exención aplicable, podría estar sujeto a impuestos sucesorios de hasta el 40%.

Para Salcedo, es fundamental contar con un fideicomiso, o al menos un testamento, para establecer indicaciones específicas sobre cómo deben distribuirse los activos y coordinar una transferencia sin problemas de la propiedad a los destinatarios previstos en el momento de la muerte. “Un fideicomiso tiene el beneficio adicional de eliminar la necesidad de seguir un procedimiento de sucesión judicial”. Adicionalmente, en algunos casos, los fideicomisos se pueden usar para reducir los impuestos estatales aplicables. 

Asimismo, aclara que existen otros documentos que una familia debe considerar con su asesor de sucesiones y de impuestos para una adecuada planificación patrimonial de eventos inesperados o accidentales. 

De allí que sea clave para los contribuyentes obtener asesoría legal adecuada para establecer el instrumento legal que se adapte a las necesidades específicas de cada persona.

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