Ayuda con el alquiler para familias con hijos

Información y servicios del gobierno

FHEPS paga una parte o todo el alquiler de familias que han sido desahuciadas, que se enfrentan a un desahucio o que han perdido su vivienda por violencia doméstica. Las familias deben estar recibiendo Ayuda económica (CA) para ser elegibles.

Las familias que perdieron su vivienda por problemas de salud o de seguridad, o por ciertas decisiones del Tribunal, también pueden ser elegibles para recibir FHEPS.

  • Usted puede usar el Family Homelessness and Eviction Prevention Supplement (Programa Suplementario de Prevención de Desahucio y Familias sin Hogar) (FHEPS) del Estado de Nueva York para quedarse en su vivienda, mudarse en la ciudad de Nueva York o mudarse del refugio si ya ha perdido su vivienda.
  • Usted debe poder permanecer en la vivienda que encuentre, como mínimo, 12 meses.
  • El FHEPS y la asignación de ayuda económica para refugio cubrirán la totalidad del alquiler de muchas familias.
    • La cantidad que el FHEPS pague dependerá de los ingresos de su grupo familiar y de la cantidad de personas en su grupo familiar.
  • Es posible que usted tenga que pagar parte del alquiler si:
    • Usted o alguien con quien comparta su vivienda tiene ingresos.
    • En su grupo familiar hay alguien que no necesite estar en su caso de ayuda económica, por ejemplo, alguien que reciba la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI).
  • El FHEPS puede pagar una parte del alquiler pendiente no pagado para cualquier periodo en el que la familia haya vivido en un apartamento.
  • Las familias elegibles pueden recibir el FHEPS por hasta 5 años.
    • Usted puede pedir una extensión si aún necesita ayuda.
    • Su grupo familiar debe ser elegible en todos los requisitos y demostrar que tiene una buena causa.
  • El pago del FHEPS finalizará si ocurre algo de lo siguiente:
    • Su familia ya no tiene un caso de ayuda económica.
    • En su familia ya no hay menores de 18 años.
    • En su familia ya no hay menores de 19 años que sean estudiantes de tiempo completo y asistan regularmente a high school o a un programa de capacitación técnica o vocacional.
  • Usted debe ser ciudadano de los Estados Unidos o tener un estado inmigratorio adecuado.

Determine su elegibilidad

  1. En su familia debe haber uno de los siguientes:
    • Un menor de 18 años.
    • Un menor de 19 años inscrito a tiempo completo en high school o en un programa de capacitación técnica o vocacional.
    • Una embarazada.
  2. Su familia también debe cumplir una de las siguientes opciones:
  3. Su familia también debe cumplir una de las siguientes opciones:
    • Estar en un refugio de la HRA
    • Estar en un refugio del Departamento de Servicios para Personas sin Hogar (DHS) y ser elegible para un refugio de la HRA.
    • Estar en un refugio del DHS y haber sido desahuciado* en la ciudad de Nueva York en algún momento del año previo a vivir en el refugio.
    • Estar en el proceso de desahucio o haber sido desahuciado* en la ciudad de Nueva York en los últimos 12 meses.

*Desahuciado puede significar:

  • Un proceso judicial de desahucio en contra de usted o la persona en el contrato de alquiler de su vivienda.
  • Un procedimiento de ejecución hipotecaria en su edificio o vivienda.
  • Una determinación de una agencia de la ciudad de que usted debe irse de su edificio o vivienda por motivos de salud o seguridad.

Cómo presentar una solicitud 

Sus opciones:

Postularse en persona

  • Si usted no está en un refugio y está en riesgo de desahucio o de quedarse en la calle, solicite la ayuda económica.
    • Para solicitarla en línea, visite www.nyc.gov/accesshra o use la aplicación ACCESS HRA mediante el celular para presentar su solicitud.
    • También puede hacer la solicitud por correo o en persona. Consulte la guía de ayuda económica para obtener información.
    • Llame a la línea de información de la HRA al 718-557-1399 si tiene una condición médica o de salud mental que le dificulta solicitar la ayuda económica.
  • Si usted está en un refugio, el especialista/administrador de casos de alojamiento en un refugio le dará más información sobre el FHEPS y lo ayudará a buscar un apartamento.
    • Las familias que vivan en un refugio aprobadas para el FHEPS pueden ser elegibles para recibir una asignación para muebles. Trabaje con su administrador de casos para coordinar la ayuda para mudarse.
    • Se pagará un mes completo de alquiler a los dueños y tres meses más por adelantado. Los dueños también recibirán un vale de seguridad.

Más opciones para obtener ayuda con este programa 

Visite el sitio web

Obtenga más información sobre el FHEPS.

Llame al 311

Si usted está en riesgo de desahucio o de quedarse en la calle, llame al 311 y pregunte qué Homebase está más cerca de su domicilio, qué llevar y qué esperar de la reunión.

Llame a la HRA

Las familias que se hayan ido de un refugio de la HRA deben llamar a la HRA al 929-221-7270 para que los conecten con el programa no residencial de la comunidad en su localidad.