Si es ciudadano de otro país y ha estado viviendo en los EE. UU., es posible que necesite documentos especiales si sale de los EE. UU. y luego regresa.
Documentos de viaje para residentes permanentes permanentes y condicionales
Si está fuera de los EE. UU. por menos de un año
Si es un residente permanente o permanente condicional que ha estado fuera de los EE. UU. por menos de un año, solo deberá mostrar su tarjeta verde al volver a ingresar a los EE. UU.
Si está fuera de los EE. UU. durante un año o más
Si es un residente permanente o condicional que ha estado fuera de los EE. UU. durante un año o más, solicite un permiso de reingreso antes de viajar. Utilice el Formulario I-131 – Solicitud de documento de viaje .
- Para los residentes permanentes, el permiso de reingreso es válido por dos años a partir de la fecha de emisión.
- Para los residentes permanentes condicionales, el permiso de reingreso es válido por dos años después de la fecha de emisión. O es válido hasta la fecha en que debe solicitar la eliminación de las condiciones de su estado , lo que ocurra primero.
Si perdió o le robaron su permiso de reingreso, es posible que pueda volver a ingresar a los EE. UU. solicitando la documentación del transportista. Use el Formulario I-131A – Solicitud de Documento de Viaje (Documentación del Transportista) .
Documentos de viaje para otros ciudadanos extranjeros que viven en los EE. UU.
Si es un ciudadano extranjero que vuelve a ingresar a los EE. UU., la documentación que necesita puede depender de su estado migratorio:
- Libertad condicional anticipada : puede usar la libertad condicional anticipada para volver a ingresar a los EE. UU. sin solicitar una visa. Es comúnmente utilizado para el reingreso de personas en el proceso de solicitud de residencia permanente, solicitud de ajuste de estatus o solicitud de asilo.
- Documento de viaje de refugiado : puede usar este documento para volver a ingresar a los EE. UU. si tiene estatus de refugiado o asilo.
Debe solicitar la libertad condicional anticipada o un documento de viaje para refugiados antes de salir de los EE. UU. Si no lo hace, es posible que no se le permita regresar a los EE. UU. Use el Formulario I-131 – Solicitud de documento de viaje .
Si necesita ayuda, comuníquese con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) .