Preguntas frecuentes sobre la Licencia de Licor

Información y servicios del gobierno

Todos los negocios y establecimientos para comer o beber deben tener una licencia de la Autoridad de Bebidas Alcohólicas del Estado de Nueva York para vender alcohol.

Puede averiguar si un negocio tiene licencia para vender alcohol.

También puede presentar una queja ante el Estado sobre un negocio que vende alcohol sin una licencia de venta de licores.

La Autoridad de Licores del Estado de Nueva York (comúnmente conocida como NYSLA, por su sigla en inglés) y la Ley de Control de bebidas alcohólicas (comúnmente conocida como Ley ABC) permiten los siguientes tipos básicos de licencias de licor:

  • Licor dentro de los establecimientos: es la licencia estándar de bares y restaurantes. Permite el consumo de licor, vino y cerveza dentro de los establecimientos. Se debe servir comida en el establecimiento y se requiere al menos un baño para los clientes.
  • Licencia de Cerveza y Vino para restaurantes: Permite a los restaurantes vender solo cerveza y vino, sin licor.
  • Tienda de comestibles Cerveza/Vino: permite a las tiendas de comestibles vender cerveza para consumo fuera de los establecimientos. Los alimentos deben representar más del 50% del inventario. Las bebidas alcohólicas no pueden superar el 25% del inventario.
  • Permiso de Catering: autoriza a los minoristas actualmente licenciados a fornecer bebidas alcohólicas en eventos privados específicos ubicados fuera de los establecimientos. Solo los titulares de licencia minoristas activos, autorizados a vender dentro de los establecimientos, pueden solicitar este tipo de licencia.
  • Licencia de tienda de licores: permite la venta de sidra, licor y vino (sin cerveza) para consumo fuera del sitio. Solo se permite una licencia por persona (corporación, sociedad, etc.).

¿Puede una Licencia de Licor de Nueva York ser vendida, transferida o asignada a otro propietario?

Contrario a otros estados como Florida y New Jersey, el Estado de New York no permite que las licencias de licor sean vendidas de una persona o empresa a otra. Tanto si está comprando una empresa que ya posee una licencia, como si está montando un establecimiento nuevo que no tiene licencia actualmente, usted debe pasar por el mismo proceso de solicitud, en ambos casos.

¿Se necesita notificar a la NYSLA si desea vender su negocio? ¿Es necesaria la aprobación de la NYSLA?

La aprobación de la Autoridad de Licores del Estado de New York es requerida en cualquier momento antes de cambiar la estructura de propiedad de la corporación o sociedad de responsabilidad limitada, o antes de cualquier cambio en las acciones en poder de cualquiera de los accionistas o miembros.

No se requerirá aprobación cuando haya diez o más accionistas o miembros y: (i) el cambio involucre menos del 10% de la participación en el negocio; (ii) ninguno de los accionistas o miembros existentes con menos del 10% de participación aumente su participación o acciones en la empresa al 10% o más.

Si la licencia la tiene una corporación o una sociedad de responsabilidad limitada, también se requiere la aprobación de la Autoridad de Licores del Estado de Nueva York antes de agregar o quitar un funcionario o director de la corporación; o de agregar o quitar un miembro gerente de la sociedad de responsabilidad limitada.

Si usted tiene una licencia para consumo dentro de los establecimientos (es decir, cualquier tipo de licencia que permita consumir cualquier tipo de alcohol in situ) en la ciudad de Nueva York (Manhattan, Brooklyn, Queens, Bronx y Staten Island), el Community Board local debe ser notificado antes de que se presente cualquier solicitud para realizar un “cambio corporativo sustancial”, que significa un cambio del 80% o más de los directivos y/o directores o gerentes de la empresa, o una transferencia del 80% o más de las acciones de una corporación o participación en una sociedad de responsabilidad limitada.

¿Qué son los Community Board?

Las Juntas Comunitarias (Community Baords) son comités autónomos de vecindad que representan a un determinado distrito o comunidad local y están obligados a emitir su opinión sobre varios asuntos relacionados con los permisos o licencias que deben otorgar otras autoridades, tales como solicitudes de nuevas licencias de licor, mejoras de las existentes y cambios corporativos.

Sin embargo, las opiniones emitidas por las Juntas Comunitarias no son vinculantes, es decir, la Autoridad de Licores del Estado de Nueva York conserva la decisión final relativa a la aprobación o desaprobación de una solicitud de licencia de bebidas alcohólicas. No obstante, la NYSLA no suele apartarse de la recomendación de la Junta Comunitaria.

¿Qué es la Regla de los 500 pies?

La aplicación de la “Regla de los 500 pies” (500 Foot Rule) puede resultar en el rechazo de su solicitud. Por esa razón, es esencial saber si la regla se aplica o no a su caso específico.

Por lo general, según la Regla de los 500 pies, no se permiten más de tres licencias completas de licores dentro de los establecimientos (aquellas que permiten vender licores además de cerveza y vino) a menos de 500 pies la una de la otra. Ahora bien, la restricción dictada por la Regla de los 500 pies no es absoluta y puede superarse mostrando, en una audiencia especial conocida como Audiencia de los 500 pies (en inglés, 500 foot hearing), un interés público específico que puede permitir que más de 3 locales en posesión de una licencia completa de licor coexistan a menos de 500 pies uno del otro.

La Autoridad Estatal de Licores de Nueva York tendrá en cuenta los siguientes factores al determinar si existe o no un “interés público” en relación a una determinada solicitud: (i) tipo de establecimiento que el solicitante desea operar (restaurante, bar o pub, etc.); (ii) número, clases y tipos de empresas con licencia a 500 pies del establecimiento propuesto; (iii) infracciones de los solicitantes o quejas previas sobre ellos en el mismo o en otros establecimientos; (iv) cuestiones relacionadas con la calidad de vida en el vecindario, tales como aumento previsto del tráfico, problemas de estacionamiento y aumento del nivel de ruido.

Los argumentos a favor y/o en contra de la existencia de un interés público en relación con una solicitud determinada pueden ser escuchados en la audiencia de los 500 pies, celebrada en la Autoridad de Licores del Estado de Nueva York, donde personas y grupos pueden comparecer en nombre de su vecindario para plantear preguntas y/o oponerse o apoyar la concesión de una licencia.

¿Qué es la regla de los 200 pies?

La “Regla de 200 pies” prohibe la expedición de licencias de bebidas alcohólicas a establecimientos situados “en la misma calle y a menos de 200 pies de un edificio que se utiliza exclusivamente como escuela, sinagoga de iglesia u otro lugar de culto”. La Regla de los 200 pies se aplica a las tiendas de vino, pero no se aplica a los establecimientos con licencia para el consumo in situ de vino y cerveza solamente.

¿Cuánto tiempo se tarda en obtener una licencia de licor en Nueva York?

Si la solicitud implica la venta de licor, se aplica la Regla de los 500 pies y el establecimiento propuesto se encuentra en Manhattan, la licencia puede tardar hasta 6-8 meses.

¿Es posible obtener un permiso temporal para vender alcohol mientras la solicitud está pendiente?

Sí, es posible obtener un permiso temporal mientras la solicitud principal está pendiente, pero solo fuera de la ciudad de Nueva York, a menos que usted esté comprando un negocio existente que ya tenga licencia en el momento de la compra y que haya estado operando dentro de los 30 días anteriores a la fecha de su solicitud. Un permiso temporal se concede a discreción exclusiva de la NYSLA por un período de hasta 90 días sujeto a prórroga.

¿Está permitido el BYOB (o sea, que los clientes traigan sus propias botellas de vino u otro tipo de alcohol) en Nueva York mientras la solicitud está pendiente?

La práctica BYOB (sigla en inglés para “Bring Your Own Bottle”, o “traiga su propia botella”, en español) no está permitida en el estado de Nueva York mientras la solicitud de licencia de licor esté pendiente.

¿Hay alguna manera de acelerar el proceso de solicitud de Licencia de Liquor de Nueva York?

Sí, a través del Programa de Auto-certificación de Abogados (en inglés, Attorney Self-Certification Program). Este programa permite a los abogados que presentan solicitudes de venta al por menor, certificar que las declaraciones y los documentos proporcionados en la solicitud son verdaderos y precisos y que la solicitud cumple con todos los requisitos legales.

La auto-certificación del abogado acelera la revisión de las solicitudes, ya que la Autoridad de Licores del Estado de Nueva York se basará en la información certificada por el abogado, por lo que no será necesaria la revisión de cada uno de los documentos presentados. El programa de auto-certificación de abogados está limitado a los abogados. Por lo tanto, los expedidores o cualquier otro tipo de representante no pueden auto-certificar una solicitud en nombre del solicitante.

¿Caduca la licencia una vez que el establecimiento del licenciatario deja de existir?

Sí. Si el establecimiento deja de operar, se debe alertar a la Autoridad de Licores del Estado de Nueva York y se debe devolver el certificado de licencia. Las tarifas de licencias pre-pagadas pueden ser reembolsadas a los licenciatarios que abandonen su parte no utilizada.

¿Cómo se renueva una licencia de licor en Nueva York?

Para renovar una licencia de licor en el Estado de Nueva York se debe presentar una solicitud de renovación ante la Autoridad de Licores del Estado de Nueva York al menos 20-30 días antes de la fecha de vencimiento. Si las instalaciones están ubicadas en la ciudad de Nueva York, la Junta Comunitaria local debe ser notificada con antelación.

¿Cuáles son los honorarios anuales para mantener una licencia de licor en el estado de Nueva York?

A partir de 2018, un licenciatario de Restaurante con Vino o “Restaurant Wine” (RW, por su sigla en inglés) paga $960,00 cada dos años para mantener su licencia de licor. Si la licencia es para vender licores además de vino y/o cerveza para consumo dentro del establecimiento (OP, por su sigla en inglés, que viene de on-premises), el impuesto asciende a 4.352,00 dólares cada dos años. Fuera de la ciudad de Nueva York, las tarifas anteriores son considerablemente más bajas.

¿Cuáles son los requisitos legales para obtener una licencia de licor?

Para obtener una licencia de licor, el solicitante debe:

  • Ser ciudadano estadounidense o titular de una green card.
  • Tener 21 años o más.
  • No ser un criminal condenado (a menos que esté en posesión de un Certificado de Exención por Discapacidades Civiles – Certificate of Relief from Civil Disabilities)
  • No ser un oficial de policía con poderes de arresto.

¿Pueden los ciudadanos de países extranjeros obtener una licencia de licor en Nueva York?

Sí, en la medida en que su país mantenga tratados especiales de amistad o comercio con Estados Unidos, los que permiten a los ciudadanos de un determinado país solicitar una visa estadounidense E-1 o E-2 para comerciantes o inversionistas internacionales. Sin embargo, un ciudadano de un país extranjero que no tenga previsto residir y trabajar en los Estados Unidos no necesita solicitar una visa E-1 o E-2 para obtener una licencia de licor de la ciudad de Nueva York (el único requisito, como se ha dicho, es simplemente ser ciudadano de un país cuyos nacionales puedan obtener una visa estadunidense E-1 o E-2).

Ver Opinión consultiva de la Autoridad de Licor del Estado de Nueva York #2015 -21. Para más información sobre el proceso de obtención de visas E-1 y E-2 para los Estados Unidos lea nuestro artículo: Inmigración a Estados Unidos. Visa E-1 y E-2.