Ahora creamos afirmativamente y proporcionamos evidencia documentada de su estatus a ciertos nuevos asilados y residentes permanentes legales una vez recibimos notificación de que un juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración (BIA) ha otorgado el estatus.
Las personas a las que se les otorga asilo y el estatus de residente permanente legal aún tienen instrucciones y se les exhorta a comunicarse con el Centro de Contacto de USCIS para solicitar su evidencia de estatus porque USCIS puede no ser notificado en cada caso.
Nuestras oficinas locales ahora pueden proporcionar esta documentación por correo postal en lugar de que los asilados y residentes permanentes legales tengan que programar una cita en persona, lo que elimina una carga innecesaria para una persona a la que un juez de inmigración o la BIA le ha otorgado su estatus.
USCIS comenzó este esfuerzo en agosto de 2022 enviando por correo postal el Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, con sellos de asilado a ciertas personas a las que un juez de inmigración o la BIA les ha otorgado asilo.
También hemos emitido tarjetas de residente permanente, también conocidas como green cards, a algunos residentes permanentes legales cuando se les notifica que el juez de inmigración o la BIA ha otorgado un ajuste de estatus.
Al proporcionar esta evidencia, podemos ayudar a garantizar que los nuevos asilados y residentes permanentes legales pueden buscar empleo, viajar y obtener otros beneficios a los que tienen derecho.
Para más información, visite la página web de Beneficios de Inmigración en Procedimientos de Remoción de EOIR.