Visitantes que viven en los EE. UU. Infórmese sobre la duración de su estadía

Migración

Infórmese sobre la duración de su estadía, los documentos que necesita al regresar a los EE. UU. desde el extranjero y cómo obtener una tarjeta de autorización de trabajo.

El Registro de llegada/salida (I-94) es un registro electrónico que muestra cuándo llegó y cuánto tiempo puede permanecer en los EE. UU. Si la anotación es:

  • Una fecha específica: puede permanecer en los EE. UU. hasta esa fecha.
  • «Duración del estatus» (o «D/S»): puede quedarse mientras cumpla con las condiciones de su visa. Esto incluye continuar su curso de estudios, empleo o permanecer en un programa de intercambio.

No confunda la anotación con la fecha de vencimiento de su visa .

Extienda su estadía

Si necesita permanecer en los EE. UU. por más tiempo, solicite una extensión mucho antes de que caduque su visa. Una «exceso de estadía» puede resultar en la denegación de una futura visa.

Documento de Autorización de Empleo (EAD)

Si es titular de una visa de no inmigrante, como un estudiante internacional, investigador o refugiado, es posible que pueda trabajar temporalmente en los Estados Unidos con un permiso de trabajo del Documento de Autorización de Empleo (EAD). 

Esta tarjeta física prueba a los empleadores que usted puede trabajar en los EE. UU. y es necesaria antes de que pueda comenzar a trabajar.

Obtenga más información sobre la Autorización de empleo (Formulario 1-765) , revise las instrucciones y la tarifa de presentación, y solicite su tarjeta EAD.

En la mayoría de los casos, un permiso de trabajo EAD es válido por un año. Si se le aprueba, se le enviará por correo su tarjeta EAD o es posible que deba visitar una oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para recogerla.

Documentos de viaje para residentes extranjeros que regresan a los EE. UU.

Es posible que necesite documentos adicionales para regresar a los EE. UU. después de viajar al extranjero si:

  • Es un ciudadano extranjero que vive en los EE. UU., o
  • Tienes una Tarjeta de Residente Permanente (Tarjeta Verde)

Debe obtener estos documentos necesarios antes de su viaje. Puede obtenerlos de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

Documentos de viaje para residentes permanentes y condicionales

  • Si está ausente de los EE. UU. durante un año o más:
    • Solicite un permiso de reingreso utilizando el Formulario I-131 – Solicitud de documento de viaje .
      • Para los residentes permanentes, el permiso de reingreso es válido por dos años a partir de la fecha de emisión.
      • Para los residentes condicionales, es válido hasta por dos años. O es válido hasta la fecha en que debe solicitar la eliminación de las condiciones de su estado , lo que ocurra primero.
  • Si está ausente de los EE. UU. por menos de un año:
    • No se requiere ningún documento adicional.
    • Muestre su Tarjeta Verde a su regreso.

Documentos de viaje para todos los demás ciudadanos extranjeros que viven en los EE. UU.

Comuníquese con USCIS y la embajada o consulado de su país para todos los requisitos de documentos.

Nota: Si necesita un documento de viaje, pero salió de EE. UU. sin obtenerlo, comuníquese con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) para obtener ayuda:

  • Estados Unidos: llame al 1-800-375-5283 ; para TTY, marque 1-800-767-1833

En el extranjero: Comuníquese con la oficina internacional de USCIS más cercana o con una embajada o consulado de EE. UU .