Cobertura de salud para inmigrantes

Salud

Las familias inmigrantes tienen detalles importantes que considerar en el Mercado de Seguros de Médicos. Encontrará información sobre reglas y opciones para inmigrantes en estas páginas.

La mayoría de las personas en los siguientes grupos son elegibles para la cobertura a través del Mercado de Seguros de Médicos:

  • Ciudadanos estadounidenses
  • ciudadanos estadounidenses
  • Inmigrantes presentes legalmente

Obtenga más información sobre otros requisitos de elegibilidad para la cobertura de salud a través del Mercado.

Aviso: igr

Los inmigrantes indocumentados no son elegibles para comprar cobertura de salud del Mercado, ni para créditos tributarios de primas y otros ahorros en los planes del Mercado. Pero pueden solicitar cobertura en nombre de personas documentadas.

Cobertura para inmigrantes legalmente presentes

Los inmigrantes presentes legalmente son elegibles para la cobertura a través del Mercado de Seguros Médicos.

El término “presente legalmente” incluye inmigrantes que tienen:

  • Estatus migratorio de “no ciudadano calificado” sin período de espera (ver detalles a continuación).
  • Estados o circunstancias humanitarias (incluidos el Estatus de Protección Temporal, el Estatus Especial de Menores, los solicitantes de asilo, la Convención contra la Tortura, las víctimas de la trata).
  • Visas válidas de no inmigrante.
  • Situación jurídica conferida por otras leyes (estado de residente temporal, Ley LIFE, personas físicas de Unidad Familiar). Vea una lista completa de los estados de inmigración elegibles para la cobertura del Mercado .

Inmigrantes presentes legalmente y ahorros del Mercado

Si es un inmigrante legalmente presente, puede comprar un seguro de salud privado en el Mercado. Puede ser elegible para costos más bajos en primas mensuales y costos de bolsillo más bajos según sus ingresos.

  • Si su ingreso anual está por encima del 400 % del nivel federal de pobreza (FPL) : aún puede calificar para créditos tributarios de prima que reducen su prima mensual para un plan de seguro de salud del Mercado 2022.
  • Si su ingreso anual está entre el 100% y el 400% del FPL: puede calificar para créditos tributarios de primas y otros ahorros en el seguro del Mercado.
  • Si su ingreso anual es igual o inferior al 150 % del FPL y no es elegible para Medicaid o el Programa de seguro médico para niños (CHIP): es posible que pueda inscribirse o cambiar la cobertura del Mercado a través de un Período Especial de Inscripción. Vea si puede obtener cobertura de salud.
  • Si el ingreso anual de su hogar es inferior al 100% del FPL: si no es elegible para Medicaid, calificará para créditos tributarios de primas y otros ahorros en el seguro del Mercado, si cumple con todos los demás requisitos de elegibilidad.

Inmigrantes y Medicaid y CHIP

Los inmigrantes que son «no ciudadanos calificados» generalmente son elegibles para la cobertura a través de Medicaid y el Programa de seguro médico para niños (CHIP), si cumplen con las normas de ingresos y residencia de su estado.

Para obtener cobertura de Medicaid y CHIP, muchos no ciudadanos calificados (como muchos LPR o titulares de tarjetas verdes) tienen un período de espera de 5 años. Esto significa que deben esperar 5 años después de recibir el estatus migratorio «calificado» antes de poder obtener cobertura de Medicaid y CHIP. Hay excepciones. Por ejemplo, los refugiados, asilados o LPR que solían ser refugiados o asilados no tienen que esperar 5 años.

El término “no ciudadano calificado” incluye:

  • Residentes Permanentes Legales (LPR/Titular de la Tarjeta Verde)
  • asilados
  • Refugiados
  • Participantes cubanos/haitianos
  • En libertad condicional en los EE. UU. durante al menos un año
  • Entrada condicional concedida antes de 1980
  • No ciudadanos, cónyuges, hijos o padres maltratados
  • Víctimas de trata y su cónyuge, hijo, hermano o padre o personas con una solicitud pendiente para una visa de víctima de trata
  • Retención de deportación otorgada
  • Miembro de una tribu indígena reconocida a nivel federal o indígena estadounidense nacido en Canadá
  • Ciudadanos de las Islas Marshall, Micronesia y Palau que viven en uno de los estados o territorios de EE. UU. (conocidos como inmigrantes del Pacto de Libre Asociación o COFA)

Cobertura de Medicaid y CHIP para niños y mujeres embarazadas que residen legalmente

Los estados tienen la opción de eliminar el período de espera de 5 años y cubrir a los niños y/o mujeres embarazadas que residen legalmente en Medicaid o CHIP. Un niño o una mujer embarazada «residen legalmente» si están «presentes legalmente» y son elegibles para Medicaid o CHIP en el estado. Aprenda cómo alguien se define como legalmente presente .

Veintinueve estados, más el Distrito de Columbia y la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, han optado por brindar cobertura de Medicaid a niños y/o mujeres embarazadas que residen legalmente sin un período de espera de 5 años. Veintiuno de estos estados también cubren a niños o mujeres embarazadas que residen legalmente en CHIP. Averigüe si su estado cuenta con esta opción .

Obtener atención de emergencia

Medicaid proporciona el pago del tratamiento de una condición médica de emergencia para las personas que cumplen con todos los criterios de elegibilidad de Medicaid en el estado (como ingresos y residencia estatal), pero que no tienen un estatus migratorio elegible.

Medicaid, CHIP y estado de «carga pública»

Solicitar o recibir beneficios de Medicaid o CHIP, u obtener ahorros para los costos del seguro médico en el Mercado, no convierte a alguien en una » carga pública «. Esto significa que no afectará sus posibilidades de convertirse en residente permanente legal o ciudadano estadounidense.

Hay una excepción para las personas que reciben atención a largo plazo en una institución pagada por el gobierno, como en un centro de enfermería. Estas personas pueden enfrentar barreras para obtener una tarjeta verde.

Más información para familias inmigrantes

Muchas familias de inmigrantes son de “estado mixto”, con miembros que tienen diferentes estados de inmigración y ciudadanía. Por ejemplo:

  • Algunas familias pueden tener miembros contribuyentes que no pueden comprar un seguro médico a través del Mercado, junto con otros miembros de la familia que son elegibles para usar el Mercado como ciudadanos o inmigrantes legales.
  • En otra familia de “estado mixto”, algunos miembros pueden no ser elegibles para la cobertura completa de Medicaid, mientras que otros miembros son elegibles para Medicaid o CHIP.

Las familias de “estado mixto” pueden solicitar créditos tributarios de prima o costos de bolsillo más bajos para un seguro privado para sus familiares dependientes que son elegibles para la cobertura en el Mercado. También pueden solicitar la cobertura de Medicaid y CHIP para sus familiares dependientes.

A los miembros de la familia que no soliciten cobertura de salud para ellos mismos no se les preguntará si tienen un estatus migratorio elegible.

Divulgación del estado migratorio

Los mercados federales y estatales y las agencias estatales de Medicaid y CHIP no pueden exigir a los solicitantes que proporcionen información sobre la ciudadanía o el estado migratorio de cualquier miembro de la familia o del hogar que no esté solicitando cobertura.

Los estados tampoco pueden negar beneficios a un solicitante porque un miembro de la familia o del hogar que no está solicitando no ha revelado su ciudadanía o estado migratorio.

Aviso: 

La información proporcionada por los solicitantes o beneficiarios no se utilizará para fines de control de inmigración. Obtenga más información del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. (PDF) .