Cómo legalizar el estatus migratorio como indocumentado

Migración

Para los inmigrantes indocumentados en los Estados Unidos, la vida puede ser difícil. Las apuestas son altas. Ser atrapado significa una probable remoción (deportación) de los Estados Unidos.

Pero también puede separar a una familia, perturbar las finanzas de la familia y dar lugar a penas de inmigración más severas.

Actualmente, no existe un programa de amnistía extenso como el que introdujo el presidente Reagan en 1986, pero hay una variedad de leyes y programas más pequeños que ofrecen caminos hacia el estatus legal para ciertos inmigrantes indocumentados. Aunque no todos calificarán para estos caminos, vale la pena conocerlos.

Indocumentado Explicado

En este artículo, el término inmigrante “indocumentado” se usa para describir a un inmigrante sin ningún estatus migratorio legal. La falta de estatus puede ser el resultado de ingresar a los Estados Unidos sin inspección o ingresar a través de una visa de no inmigrante válida (por ejemplo, visa de turista, visa de estudiante) que ya venció.

El término «entró sin inspección» o EWI se usa para describir específicamente a alguien que cruzó la frontera y nunca interactuó con un agente fronterizo de EE. UU.

Aunque hay aproximadamente 650,000 llegados en la niñez protegidos por el programa DACA, este no es un estatus migratorio legal.

Es una solución temporal y brinda oportunidades extremadamente limitadas para los beneficiarios. Los beneficiarios de DACA necesitan caminos hacia el estatus legal como cualquier otra persona indocumentada.

Para los inmigrantes indocumentados, el objetivo claro es un camino hacia un estatus migratorio legal a largo plazo. Estos caminos hacia el estatus legal conducen a la residencia permanente (tarjeta verde) y la ciudadanía estadounidense.

Residencia Permanente (Tarjeta Verde) por Matrimonio

Una de las preguntas más comunes, y los caminos más comunes hacia el estatus legal, es el tratamiento de un inmigrante indocumentado cuando se casa con un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal.

El cónyuge extranjero de un ciudadano estadounidense califica como pariente inmediato. Para los familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense, obtener una tarjeta verde puede ser un proceso bastante sencillo.

De hecho, es posible que ni siquiera sea necesario un abogado. Sin embargo, ciertas condiciones deben estar en su lugar. De lo contrario, el proceso se complica. Pero a menudo hay caminos viables hacia el estatus legal.

Familiar inmediato con entrada legal

La categoría de familiar inmediato incluye al cónyuge, padre e hijo soltero (menor de 21 años) de ciudadanos estadounidenses. Siempre que el pariente inmediato haya ingresado legalmente a los EE. UU., él o ella puede ajustar su estatus a residente permanente.

En otras palabras, un pariente inmediato indocumentado generalmente puede solicitar una tarjeta verde desde dentro de los Estados Unidos. La entrada legal es esencial.

La persona indocumentada debe haber ingresado a los Estados Unidos con documentación válida y haber tenido contacto cara a cara con un oficial de inmigración de los EE. UU. y ese oficial reconoció la entrada de la persona a los EE. UU.

Por lo tanto, una persona que se queda más tiempo que la visa y luego se casa con un ciudadano de los EE. UU. generalmente puede obtener una tarjeta verde a través del ajuste de estatus.

No importa si la estadía de la visa fue de solo seis meses o seis años; el familiar inmediato indocumentado tiene la capacidad de solicitar una tarjeta verde.

I-601A Renuncia Provisional

Si la entrada del inmigrante no fue legal o el cónyuge del inmigrante es residente permanente, el proceso se vuelve más complicado.

Por ley, si el cónyuge e hijos extranjeros ingresaron a los EE. UU. sin inspección y permanecieron en los EE. UU., deben salir del país y concluir su proceso migratorio a través de los consulados de los EE. UU. en el extranjero para obtener la visa de inmigrante (tarjeta verde).

Más importante aún, si el cónyuge inmigrante y/o los hijos mayores de 18 años residieron ilegalmente en los EE. UU. durante al menos 180 días (6 meses), se les podría prohibir automáticamente el reingreso a los EE. UU. durante 3 a 10 años una vez se van de EE.UU.

En muchos casos, estas personas pueden calificar y solicitar una exención de las prohibiciones de 3 y 10 años si pueden demostrar que su ausencia de los EE. UU. causaría una «dificultad extrema e inusual» al ciudadano estadounidense o residente permanente legal cónyuge o padre.

En el pasado reciente, el proceso de exención requería que la persona primero viajara fuera de los EE. UU. y presentara la solicitud desde su país de origen.

Este fue un proceso costoso y muy incierto que aún corría el riesgo de mantener a las familias separadas de largos períodos de aprobaciones de exenciones o, lo que es peor, negaciones de exenciones y exposición total a las prohibiciones de 3 o 10 años.

Afortunadamente, ese proceso es cosa del pasado. Ahora está disponible una exención «provisional» que se puede solicitar y obtener mientras el solicitante aún se encuentra en los Estados Unidos.

La exención provisional ofrece a las personas cierto nivel de certeza de que, una vez aprobada, podrán regresar a los Estados Unidos después de una entrevista consular exitosa.

El programa de exención provisional cubre al cónyuge e hijos indocumentados de ciudadanos estadounidenses.

El objetivo del programa de exención provisional es mantener la unidad familiar. Las “dificultades extremas e inusuales” generalmente pueden incluir: lazos familiares con los Estados Unidos y el país de expulsión, las condiciones en el país de expulsión, la edad del cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente, la duración de la residencia en los Estados Unidos , condiciones médicas y de salud mental relevantes, dificultades financieras y dificultades educativas.

Los solicitantes deben recordar que debe ser un matrimonio de buena fe (real) con el ciudadano estadounidense y que todos los matrimonios anteriores deben haber terminado legalmente.

El fraude matrimonial (un matrimonio falso para obtener una tarjeta verde) conlleva penas severas que incluso podrían resultar en una condena por delito grave para el ciudadano estadounidense.

Los posibles solicitantes siempre deben hablar con un abogado de inmigración con experiencia antes de solicitar una exención provisional (Formulario I-601A, Solicitud de exención provisional por presencia ilegal).

Aunque puede parecer un proceso bastante sencillo, estas exenciones son muy técnicas y requieren un análisis legal cuidadoso y exhaustivo. Sus respuestas en la solicitud podrían tener implicaciones a largo plazo para su caso de inmigración.

Green Card a través de la Ley de Protección LIFE

Algunos inmigrantes indocumentados han tenido la oportunidad de recibir educación superior y convertirse en candidatos para trabajos más calificados.

En tal escenario, los empleadores estadounidenses pueden estar interesados en patrocinar la tarjeta verde para un posible empleado altamente calificado.

Sin embargo, incluso si el prospecto de trabajo indocumentado está protegido por DACA, es posible que aún necesite los beneficios de la protección de la Sección 245 (i) a través de la Ley de Equidad Familiar de Inmigración Legal (LIFE).

Hay muchos casos en los que los inmigrantes indocumentados, particularmente los DREAMers bien educados, pueden tener un empleador que esté dispuesto a patrocinarlos para obtener una tarjeta verde.

En algunos casos, el empleador deberá pasar por un proceso conocido como Certificación Laboral o PERM antes de presentar la solicitud de visa basada en empleo del prospecto.

Sin embargo, incluso después de que dichos pasos se completen con éxito, el proceso aún requiere que el inmigrante regrese a su país de origen debido a su entrada ilegal original o condición fuera del estado.

Sin embargo, si el individuo tiene protección 245(i), puede completar el proceso en los Estados Unidos y obtener una tarjeta verde sin salir.

La Ley LIFE es una ley que permite que los inmigrantes indocumentados terminen su proceso de tarjeta verde en los Estados Unidos si se presentó una petición de inmigrante en su nombre o en el de sus padres el 30 de abril de 2001 o antes.

Por ejemplo, si el tío paterno ciudadano estadounidense de la persona indocumentada presentó una petición de inmigrante o una petición I-130 en nombre del padre de la persona antes del 30 de abril de 2001, entonces no solo el padre, sino también el hijo o la hija pueden estar cubiertos por la ley 245 de la Ley LIFE. (i) provisión.

Esta es una presentación simplificada de la ley y se deben cumplir muchos requisitos adicionales.

Si parece que este escenario puede aplicarse a su situación, hable con un abogado de inmigración con experiencia que pueda explicarle los detalles.

Estatus de asilo

El estatus de asilo está disponible para cualquier persona en los Estados Unidos que haya sufrido persecución en su país de origen o que tenga un temor fundado de persecución si regresa a ese país.
Es importante entender que la persecución debe ser realizada por el gobierno o por un grupo que el gobierno no quiere o no puede controlar.

En la ley de inmigración de los Estados Unidos, la persecución está bastante bien definida. Lo que es más importante, la persecución debe deberse a uno de los siguientes cinco grupos: raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política.

En general, la elegibilidad para el asilo requiere que usted:

  • Está presente en los Estados Unidos (por ingreso legal o ilegal);
  • No puede o no quiere regresar a su país de origen debido a una persecución en el pasado o tiene un temor fundado de persecución en el futuro si regresa;
  • El motivo de la persecución está relacionado con una de cinco cosas: raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política; y
  • No está involucrado en una actividad que le impediría obtener asilo.

Para iniciar un caso de asilo, su abogado debe presentar el Formulario I-589, Solicitud de asilo y suspensión de deportación, junto con las pruebas que respalden su reclamo.

Por lo general, hay una entrevista de selección para asegurarse de que el caso de un solicitante esté justificado. Por eso es muy importante trabajar con una organización acreditada (sin fines de lucro o firma legal) que tenga experiencia en casos de asilo.

Los asilados (individuos a los que se les ha otorgado asilo) son elegibles para solicitar el estatus de residente permanente (tarjeta verde) un año después de recibir la concesión de asilo.

El cónyuge y los hijos del asilado también son elegibles para solicitar una tarjeta verde si fueron admitidos en los Estados Unidos como asilados.

Visa U para Víctimas de Crimen

En 2000, la Ley de Prevención de Víctimas de la Trata y la Violencia creó la visa U para proteger a los no ciudadanos que han sido víctimas de ciertos delitos y que han ayudado a las fuerzas del orden.

La ley fue creada para alentar a las víctimas a cooperar con la policía y los fiscales sin temor a la deportación.

Una visa U brinda estatus legal, autorización de empleo y también puede proporcionar un camino hacia el estatus de residente permanente (tarjeta verde) en algunas circunstancias.

Hay cuatro requisitos de elegibilidad para una visa U:

  • El individuo debe haber sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de haber sido víctima de una actividad criminal calificada;
  • El individuo debe tener información sobre esa actividad delictiva;
  • La actividad criminal violó las leyes de los EE. UU.; y
  • El individuo debe haber sido útil, está siendo útil o es probable que sea útil en la investigación o enjuiciamiento del delito.

Las actividades criminales que califican para una visa U incluyen pero no se limitan a:

  • Secuestro
  • contacto sexual abusivo
  • Chantaje
  • Violencia doméstica
  • Extorsión
  • Falso encarcelamiento
  • Mutilación genital femenina
  • asalto criminal
  • Rehén
  • Incesto
  • Servidumbre involuntaria
  • Secuestro
  • Homicidio involuntario
  • Asesinato
  • Obstrucción de la justicia
  • Esclavitud
  • Perjurio
  • Prostitución
  • Violación
  • Agresión sexual
  • explotación sexual
  • Trata de esclavos
  • Tortura
  • tráfico
  • manipulación de testigos
  • Restricción criminal ilegal
  • Otros delitos relacionados

La víctima debe tener información útil relacionada con el delito y estar dispuesta a cooperar con la policía y los funcionarios encargados de investigar el caso.

La solicitud de una visa U requiere una declaración de certificación (Formulario I-918 Suplemento B) de la policía. En algunas áreas, las personas ajenas a las fuerzas del orden (como un juez o los servicios de protección infantil) pueden proporcionar la declaración de certificación.

Es posible que los miembros de la familia (cónyuge e hijos) estén cubiertos con la misma visa U.

Los familiares que acompañan al peticionario pueden, bajo ciertas circunstancias, obtener una visa U derivada. El titular de la visa U debe solicitar en nombre de los miembros de la familia que califican.

Si cree que su situación puede justificar una visa U, hable con un abogado de inmigración. Un abogado puede ayudarlo a determinar la elegibilidad y comunicarse adecuadamente con los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

También hay muchas organizaciones sin fines de lucro que trabajan con inmigrantes víctimas de delitos. Es importante que haga saber sus deseos al principio del proceso.

Tarjeta Verde a través del Registro

Una disposición en nuestra ley de inmigración actual, conocida como «registro», permite que ciertos residentes indocumentados de largo plazo de los Estados Unidos se «registren» para obtener el estatus de residente permanente legal (LPR).

Requisitos de registro

Para calificar, los solicitantes deben haber ingresado al país en o antes de una fecha específica (conocida como la «fecha de registro») y deben demostrar buen carácter moral y residencia continua desde su ingreso. Las personas indocumentadas pueden ser elegibles para solicitar una tarjeta verde (residencia permanente) bajo las disposiciones de registro vigentes si cumplen con todas las siguientes condiciones:

  • Ingresó a los Estados Unidos antes del 1 de enero de 1972;
  • Residió en los Estados Unidos continuamente desde su entrada;
  • Es una persona de buen carácter moral;
  • No son inelegibles para la naturalización (ciudadanía); y
  • No son removibles (deportables) bajo la Sección 237(a)(4)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). No son inadmisibles bajo la Sección 212(a)(3)(E) de la INA o como criminales, proxenetas, otra persona inmoral, subversivos, violadores de las leyes de narcóticos o contrabandistas no ciudadanos.

Para solicitar una tarjeta verde a través del registro, las personas deben presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Sin embargo, el proceso de solicitud es mucho más complicado que enviar un formulario.

Los solicitantes deben incluir documentación de respaldo sustancial para evidenciar entrada, residencia y buen carácter moral. Trabaje con un abogado de inmigración para obtener el mejor resultado.

Movimiento de Registro

En los casi 100 años de existencia de esta ley, el Congreso ha adelantado la fecha de registro solo cuatro veces. Más recientemente, en 1986, la fecha de registro se fijó el 1 de enero de 1972.

En otras palabras, solo los no ciudadanos que ingresaron a los Estados Unidos en esa fecha son elegibles para solicitar una tarjeta verde a través del registro. De hecho, la fecha de registro actual es tan lejana que muy pocas personas son elegibles.

Es por eso que el registro vuelve a ser noticia como una forma posible de brindarles a las personas indocumentadas un camino hacia el estatus legal.

La ley está bien establecida y solo necesita un simple ajuste de fecha para abrir la puerta a miles (incluso millones) de nuevos solicitantes para convertirse en residentes permanentes y eventualmente en ciudadanos estadounidenses.

Última Parada: Cancelación de Remoción No-LPR

Una opción final para la defensa de deportación puede estar disponible para ciertas personas indocumentadas que han vivido en los Estados Unidos durante mucho tiempo y han sido puestas en proceso de deportación. Es posible que pueda obtener un estatus legal y una tarjeta verde a través de la Cancelación o Eliminación No-LPR.

Para calificar para la cancelación, debe cumplir con todos los siguientes requisitos:

  • Ha estado viviendo y físicamente presente continuamente en los EE. UU. durante al menos 10 años;
  • Su remoción (deportación) de los EE. UU. causaría “dificultades excepcionales y extremadamente inusuales” a su cónyuge, hijo o padre ciudadano de los EE. UU. o residente permanente;
  • Puede demostrar que tiene un buen carácter moral durante los últimos 10 años; y
  • No ha sido condenado por ciertos delitos ni ha violado ciertas leyes.

Desafortunadamente, no puede registrarse proactivamente para este beneficio. Solo está disponible para alguien que se enfrenta a una expulsión en un tribunal de inmigración. Cumplir con todos los requisitos anteriores es solo el criterio mínimo.

También hay un límite de 4,000 tarjetas verdes emitidas anualmente bajo esta ley. Es decir, hay muchas personas que cumplen todos los requisitos pero no reciben la cancelación de la deportación.

Es increíblemente importante obtener la asistencia de un abogado de inmigración con experiencia en defensa de deportación y establecer los méritos de sus dificultades.