El derechos de los inmigrantes que piden asilo y esperan resolución de sus casos

Migración

Los miles de inmigrantes que llegan a la frontera sur de Estados Unidos en busca del sueño americano, asilo, después de pasar por la entrevista que puede ser bastante aterradora, sus casos son referidos a la Corte de Inmigración (EOIR).

De recibir autorización para ingresar al país a esperar la resolución de sus solicitudes en los tribunales de inmigración, no se trata de “extranjeros ilegales”, sino de extranjeros que tienen derechos y están protegidos por la Constitución.

“Los ampara la Carta Magna”, dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California. “Y están protegidos por los derechos civiles, al igual que cualquier otra persona que viva en los Estados Unidos”, agrega.

Gálvez señala además que “los extranjeros que llegaron a la frontera en busca de asilo, un recurso legal disponible, y se les permite esperar dentro del territorio estadounidense, deben ser tratados de la misma manera que un ciudadano o un residente legal permanente cuando se trata de derechos civiles”.

El abogado indicó además que, “incluso pueden demandar por abusos o daños que les hagan, como sucedió con el caso de un grupo de 50 inmigrantes venezolanos que la semana pasada fueron transportados con engaños en avión desde San Antonio, Texas, a la isla de Martha’s Vineyard, en Massachusetts”.

A los inmigrantes señalados por Gálvez les ofrecieron alojamiento, trabajos, documentos de inmigración y asistencia una vez llegaran a destino. Pero cuando aterrizaron en Martha’s Vineyard no había nadie esperándolos.

El viaje fue financiado por el gobernador de Florida, el republicano Ron DeSantis y se llevó a cabo en un avión privado.

Además de ser tratados al igual de los ciudadanos estadounidenses, los derechos civiles garantizan libre tránsito y acceso a beneficios legales disponibles.

“Lo que no pueden decir es que son residentes o ciudadanos y trabajar si no tienen un permiso de trabajo (autorización de empleo -EAD-) explica Gálvez.

La lista de derechos civiles es extensa. Incluyen la garantía de la integridad física (derecho a la vida) y moral (derecho al honor) y de la seguridad de las personas, los domicilios y las comunicaciones.

También contemplan el derecho a la igualdad y la protección contra la discriminación originada en cualquier condición personal o social, como por ejemplo edad o color de piel.

Permiso de trabajo

En cuando al permiso de trabajo, el reglamento vigente señala que la autorización de empleo se puede pedir seis meses después de presentada la solicitud de asilo (180) días. Pero debido a las demoras en el procesamiento, el servicio de inmigración permite que el trámite se inicie a los 150 días (5 meses) a partir de la fecha registrada en el Formulario I-589.

Abogados de inmigración consultados por Univision Noticias advierten que el derecho de un peticionario de asilo a solicitar un permiso de trabajo “no es inmediato”.

“El reglamento no dice que se lo van a dar una vez entre al país en busca de asilo o cuando pida la protección del gobierno”, dice José Guerrero, quien ejerce en Miami, Florida.

Lo primero es ingresar a territorio estadounidense por un puerto de entrada autorizado o entregarse a las autoridades federales de inmigración (Patrulla Fronteriza).

En esta etapa, el extranjero será entrevistado por las autoridades o por un agente de asilo de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), quien determinará, a través de una entrevista de miedo o temor creíble en la frontera, si la persona tiene una causa de asilo.

Si es rechazado en esta instancia, ese agente tiene la facultad discrecional de referir su caso a la Corte de Inmigración para que sea un juez quien determine su futuro en el país.

Si le otorgan el asilo

De obtener el asilo, “estará autorizado para trabajar en Estados Unidos aún si tiene o no un Documento de Autorización de Empleo (EAD)”, explica USCIS. Y si por alguna razón usted no recibe un EAD luego de que se le conceda asilo, “puede contactar al oficial de asilo que aprobó su caso”.

La agencia federal también señala que los asilados son elegibles para utilizar los servicios de búsqueda de empleo de un Centro Único de Servicios de Empleo. Este programa incluye: 

  • Ayuda en la búsqueda de empleo;
  • Orientación profesional; y
  • Adiestramiento de habilidades ocupacionales.

Asilados también pueden obtener una Tarjeta de Seguro Social sin restricciones. E incluso pueden solicitar un estatus de asilo derivado para su cónyuge o hijos que estaban incluidos en la solicitud de asilo.
“Luego de un año en Estados Unidos, puede solicitar la Residencia Permanente (Tarjeta Verde)”, se lee en el reglamento. Para conseguirlo, debe presentar un Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, por usted y cada uno de sus familiares cualificados que deseen convertirse en residentes permanentes”.

Los asilados también son elegibles para recibir ayuda tal como: 

  • Asistencia financiera;
  • Asistencia médica;
  • Preparación para empleo y colocación en empleo; y
  • Adiestramiento en el idioma inglés.

“Muchos de estos programas están disponibles por un período limitado posterior a que se le conceda asilo. Conozca más llamando al 1(800) 354-0365 o vea el enlace Oficina de Reasentamiento de Refugiados”, explica la agencia.
Por último, USCIS recuerda que los asilados están sujetos a reglas especiales para poder viajar fuera de Estados Unidos. “Si usted planifica salir de Estados Unidos, debe obtener un permiso previo mediante el Documento de Viaje de Refugiados”.