El fiscal general restituye a jueces de inmigración la facultad para cerrar casos de deportación

Migración

Los jueces de inmigración tienen nuevamente las facultades para que cierren, terminen o desestimen casos de deportación en ciertas circunstancias, tras la decisión del fiscal general Merrik Garland, lo cual ayudará a miles de inmigrantes que califican para aplicar a un beneficio legal disponible, entre ellos inmigrates cubanos con parole.

La decisión dada a conocer el jueves, dejo sin efecto una opinión emitida en 2018 por el entonces fiscal general, Jeff Sessions, que, en el marco de la política migratoria de tolerancia cero, prohibió a los jueces de inmigración cerrar casos administrativos ante sus propios tribunales, incluso aquellos que podrían ser resueltos por otras agencias federales.

En septiembre de 2019, la Corte de Apelaciones del 4º Circuito había devuelto a los jueces de inmigración de cuatro estados el poder para cerrar administrativamente casos de deportación. Pero ahora, con la decisión tomada por Garland de anular la opinión de Sessions en el caso conocido como Castro-Tun, restituye en su totalidad a los jueces esa capacidad.

La decisión de 2018 de Sessions incluso obligó a la reapertura de unos 350,000 expedientes sentenciados en los últimos 20 años y su reprogramación en las cortes de inmigración para reanudar los procesos de deportación.

«La decisión de Garland se aplica en tres tipos de casos o de escenarios”, explicó José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida. “Quienes obtuvieron la residencia después de haber sido puestos en proceso de deportación, aquellos que al tenerlos en proceso de deportación les causaría grandes o graves consecuencias para el aplicante si tiene que salir de Estados Unidos en busca de una visa de inmigrante, y aquellas personas que pueden aplicar para un beneficio disponible ante el servicio de inmigración”.

Entre los beneficiarios se encuentran cónyuges inmigrantes de ciudadanos o residentes legales permanentes que ingresaron ilegalmente al país y califican para un perdón 601-A para salir del país y luego reingresar sin que les afecte la Ley del Castigo.

También califican inmigrantes cubanos que tienen un “parole” y al año y un día califican para solicitar la residencia legal permanente (LPR) ante la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).

La Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Inmigración) dijo que estaba a la espera de del resultado del “proceso de elaboración de normas” para que tanto jueces de inmigración como la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) “puedan considerar y, cuando corresponda, otorgar la terminación o desestimación de los procedimientos de deportación en ciertos tipos de circunstancias limitadas”.

En el documento emitido por la EOIR se lee que la decisión del fiscal general restituye a los jueces de inmigración la autoridad para poner fin a los procedimientos de deportación, lo que se denomina ‘terminar’ o ‘desestimar’ un procedimiento de expulsión”.

En la opinión anterior, Sessions sostuvo que “los jueces de inmigración no tenían autoridad inherente para terminar o desestimar los procedimientos de deportación”, una conclusión basada en la opinión previa del exfiscal general en el caso Castro-Tum, que se refería a la práctica del cierre administrativo, una herramienta de gestión de expedientes que se utiliza para pausar temporalmente los procedimientos de deportación.

En la nueva opinión, sin embargo, Garland anuló la decisión tomada por Sessions regresándole a los jueces la discrecionalidad para cerrar casos de deportación en los tres escenarios mencionados.