Tratamiento Ambulatorio Asistido (AOT)

Información y servicios del gobierno

La “Ley de Kendra” (§9.60 de la Ley de Higiene Mental) exige servicios de salud mental para un pequeño número de personas que tienen dificultades para participar en la rehabilitación y pueden representar un riesgo para ellos mismos o para otros en la comunidad. 

La orden se concede en un tribunal civil. El programa de tratamiento ambulatorio asistido de la ciudad de Nueva York es responsable de la implementación de la Ley de Kendra en los cinco distritos de la ciudad de Nueva York.

¿Quién es elegible para AOT?

Un individuo debe cumplir con los siguientes criterios:

  • Tener al menos 18 años de edad y
  • Sufrir de una enfermedad mental y
  • Es poco probable que sobreviva en la comunidad sin supervisión basada en una determinación clínica y
  • Tener un historial de falta de cumplimiento del tratamiento por enfermedad mental que haya dado lugar a:
    • Dos hospitalizaciones por enfermedad mental en los tres años anteriores o
    • Un acto de violencia hacia sí mismo o hacia otros, o amenazas de daño físico grave hacia sí mismo o hacia otros, dentro de los cuatro años anteriores (el período de tiempo puede extenderse en caso de hospitalizaciones actuales o recientes) y
  • Es poco probable que participe voluntariamente en un tratamiento ambulatorio que le permita vivir de manera segura en la comunidad como resultado de la enfermedad mental del individuo y
  • Según el historial de tratamiento y el comportamiento actual, necesitar tratamiento ambulatorio para prevenir una recaída o deterioro que probablemente resulte en daño grave a sí mismo o a otros y
  • Beneficio probable del tratamiento ambulatorio asistido
  • ¿Quién puede referir a alguien al Programa de Tratamiento Ambulatorio Asistido?
  • Casi cualquier persona que tenga contacto personal con la persona puede hacer una remisión, incluidos familiares, compañeros de habitación, proveedores de tratamiento y oficial de libertad condicional o libertad condicional.
  • ¿Cuánto tiempo permanece la persona en el Programa AOT?
  • Un tribunal civil puede otorgar una orden AOT de hasta un año. Antes de que caduque la orden, un psiquiatra realizará un examen para determinar si el consumidor seguirá beneficiándose de una orden AOT y hará una recomendación al tribunal. Luego, un juez decidirá en otra audiencia en la corte civil si la orden debe renovarse.
  • ¿Qué sucede si el consumidor no cumple con los términos de la orden judicial?
  • Si el consumidor no cumple con un aspecto de su plan de tratamiento, AOT colaborará con el proveedor del tratamiento. Después de que los proveedores de servicios han hecho todo lo posible por involucrar al consumidor sin éxito, y parece que el consumidor puede requerir hospitalización, un proveedor puede solicitar que el individuo sea transportado involuntariamente a la sala de emergencias psiquiátricas de un hospital.

Tratamiento Ambulatorio Asistido (AOT)

La “Ley de Kendra” (§9.60 de la Ley de Higiene Mental) exige servicios de salud mental para un pequeño número de personas que tienen dificultades para participar en la rehabilitación y pueden representar un riesgo para ellos mismos o para otros en la comunidad. La orden se concede en un tribunal civil. El programa de tratamiento ambulatorio asistido de la ciudad de Nueva York es responsable de la implementación de la Ley de Kendra en los cinco distritos de la ciudad de Nueva York.

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¿Quién es elegible para AOT?

¿Quién puede referir a alguien al Programa de Tratamiento Ambulatorio Asistido?

¿Cuánto tiempo permanece la persona en el Programa AOT?

¿Qué sucede si el consumidor no cumple con los términos de la orden judicial?

Si el consumidor no cumple con un aspecto de su plan de tratamiento, AOT colaborará con el proveedor del tratamiento. Después de que los proveedores de servicios han hecho todo lo posible por involucrar al consumidor sin éxito, y parece que el consumidor puede requerir hospitalización, un proveedor puede solicitar que el individuo sea transportado involuntariamente a la sala de emergencias psiquiátricas de un hospital.

Para obtener más información sobre cómo realizar una consulta o derivación para una orden AOT, llame a uno de los números principales del Programa de tratamiento ambulatorio asistido:

  • Equipo AOT de Manhattan: 347-396-7373
  • Equipo AOT de Queens: 347-396-7004
  • Equipo AOT del Bronx: 347-396-7375
  • Equipo AOT de Brooklyn/Staten Island: 347-396-7374